
Por José Feito Fernández.
El Aire
Con el fin de evitar confusiones producto de intereses particulares, producto de la ignorancia o producto de ambos, conviene plantearse separadamente las siguientes cuestiones:
- ¿Son necesarios los parques eólicos? Parece que es una de las energías “limpias” y, por tanto, recomendable. También lo es la energía solar; parece que ésta no está suficientemente desarrollada aún, y parece que no hay mucho interés en desarrollarla más, dado que no es apropiable por las grandes compañías (es decir, cada uno puede tener su instalación, sin necesidad de que la corriente eléctrica pase por un contador, para ser facturada). Nadie, que yo sepa, es contrario en general o en abstracto a la energía eólica.
- ¿Son necesarios los parques eólicos en Asturias? Los datos disponibles indican que Asturias es excedentaria en energía eléctrica. La producción de energía eléctrica es una actividad muy escasamente creadora de empleo y carece de efectos positivos inducidos sobre otras actividades económicas. Los parques eólicos, dado su impacto visual, sonoro, de atracción de descargas eléctricas, de alteración de ondas electromagnéticas, de ahuyentadores de la fauna, poseen importantes efectos de repulsión sobre otras actividades económicas (entre las que se encuentra el turismo). Asturias posee una larguísima experiencia en lo que son actividades económicas de cabecera o no transformadoras. De su escasa capacidad de arrastre y de inducción de efectos positivos sobre otras actividades económicas. También de sus escasos efectos positivos sobre la cultura técnica y sobre la cultura emprendedora (efectos negativos, más bien). Carece, por tanto, de cualquier fundamentación racional la priorización de las actividades de producción energética en la economía asturiana, como componente estratégica (como tal parece que ocurre). Puede suceder, sin embargo, que las necesidades energéticas de otras comunidades autónomas exijan una aportación solidaria de Asturias. De ser así, habría que plantearlo explícitamente, sin ambages y sin mentiras, al tiempo que deberían plantearse también las compensaciones que correspondieran y en el orden que correspondieran, a los afectados, tanto individual como colectivamente. Debe tenerse en cuenta, además, la obsolescencia ya prevista (se habla de aerogeneradores sin aspas)
- ¿Qué criterios de localización deberían seguirse para la instalación de parques eólicos? Se me ocurren algunos, tales como: lejanía – cercanía a viviendas, a monumentos naturales y a monumentos culturales, a vías de comunicación… . Cercanía a las localidades de consumo, tanto para evitar los costes de transporte (inversión, pérdidas, impactos en una mayor superficie), como por compensar externalidades negativas con externalidades positivas (es decir, efectos de repulsión con efectos de atracción).
- ¿A través de que procedimientos debe decidirse su localización?
Primer criterio: información a los ciudadanos del área concernida. Segundo criterio: abrir un debate público, abierto y publicitado.
La Marca
“Esta es una mancomunidad para la promoción turística que está apoyada en una marca, en un rasgo que comparten los cinco concejos” – José Manuel Menéndez, Alcalde de Salas y Presidente de la “Comarca vaqueira” en La Nueva España de 1 de agosto de 2009. “Salas pertenece a la Comarca Vaqueira, y los municipios que formamos parte de ella hemos logrado crear una marca comercial (sic) que funciona muy bien y con la que hemos obtenido, al menos en nuestro concejo, un gran despegue del turismo.” José Manuel Menéndez, Alcalde de Salas y Presidente de la Comarca Vaqueira” en La Nueva España de 30 de septiembre. Unas veces hablan de mancomunidad, otras, de comarca.
En realidad, se trata de una marca preexistente (vaqueiro – vaqueira), que es apropiada ilegítimamente por un reducido grupo de políticos locales (dentro de los cuales existen gradaciones; así, por ejemplo, el Alcalde de Salas es Presidente), de manera opaca y en combinación con otras instancias políticas y comerciales. Esto se produce dado el carácter social – comunal del sujeto titular de la misma, a lo que se añade la dispersión y huida migratoria del grupo humano sujeto de ese derecho.
Se trata de una marca de carácter territorial, del tipo de Cabrales, Afuega’l Pitu, Gamoneo, Sidra de Asturias o, con mayor precisión, de un label o contramarca.
Cuando se establece una denominación de origen de un producto, se abre un proceso a través del cual y mediante la participación de los productores se constituye un Consejo Regulador. Es decir, se abre un proceso de configuración del sujeto territorial. Y de su formalización en términos jurídicos. La denominación de origen vaqueira, por contra, se empieza a explotar, como ya quedó dicho, por un reducido grupo de políticos locales, de manera opaca y totalmente al margen de los vaqueiros (de aquellos que habitan las brañas y de aquellos que se encuentran esparcidos por todo el mundo).
La apropiación de la marca vaqueira ocurre de manera similar como son apropiados los montes comunales. Se trata en ambos casos de una apropiación a coste cero de bienes tangibles o intangibles de carácter comunal que pueden ser utilizados o enajenados a precios relativamente elevados.
El colmo del cinismo y la especulación se alcanza cuando con la disculpa de resarcir a los vaqueiros de discriminaciones históricas, se instalan en las brañas parques eólicos y subestaciones eléctricas. Quedan estas condenadas para otras actividades y dañan significativamente la habitabilidad. Se trata, objetivamente, de un postrer y definitivo esfuerzo de expulsión de una minoría cultural de su territorio.
De lo expuesto se deriva la necesidad de abrir un proceso para la constitución de un Consejo Vaqueiro de Cultura, en el que debieran residir las facultades necesarias para gestionar la marca vaqueiro – vaqueira. Con su creación se alcanzaría la configuración y formalización del sujeto social, cultural y de derecho legítimo para gestionar dicha contramarca.
Un proceso tal comporta complejidades que no nos resultan desconocidas. Es por ello que proponemos la previa creación de un Foro de Asociaciones Vaqueiras, que promueva el asociacionismo vaqueiro de carácter cultural y ciudadano. Y teniendo en cuenta la enorme dispersión de los vaqueiros en todo el mundo (solo una exigua minoría habita las brañas en la actualidad), este Foro debe convocar y organizar un Primer Encuentro Mundial de Vaqueiros, que debiera contar con el apoyo y la participación de las administraciones públicas.
Un museo vaqueiro constituido con un enfoque de ecomuseo permite combinar dos ideas y darles pleno contenido a ambas. Por un lado, la idea de un centro de investigación y archivo propuesta por Jesús Suárez. Por otro, la recuperación de las brañas, haciéndolas habitables y permitiéndoles el acceso a una actividad económica sostenible y sostenida. Los reservorios de cultura material, por un lado, y el acceso a la población vaqueira – muy dispersa – son dos factores facilitadores de la investigación de la cultura inmaterial. Pues algunos de nosotros defienden con todo fundamento que no hay posible recuperación cultural vaqueira sin recuperación del espacio habitable originalmente correspondiente (hoy día menguado y dañado)
Junta vaqueira ‘Pico de Aguión’
Quienes se consideren vaqueiros y se interesen, en una u otra medida, con las ideas aquí expuestas, pueden dirigirse al siguiente correo electrónico (recibirán respuesta):
vaqueiros.junta.aguion@gmail.com
incluyendo los siguientes datos: nombre y apellidos, teléfono, dirección de correo electrónico, dirección postal, braña en la que vive o braña de la que procede o proceden sus antepasados (y concejo). Y añadiendo las consideraciones que estime oportunas.
è Quienes sin ser vaqueiros desean apoyar estas ideas, diríjanse a la misma dirección de correo electrónico aportando: nombre y apellidos, teléfono, dirección de correo electrónico y dirección postal. Y añadiendo las consideraciones que estime oportunas.
La propiedad que ostenta la Alcaldía de Salas sobre los montes comunales del Concejo se fundamenta en el siguiente certificado:
D. Francisco Pichel Sánchez, Abogado y Secretario del Ayuntamiento de Salas (Asturias).
Certifico: Que el Ayuntamiento de Salas es el único representante legal de los montes de su propiedad y por consiguiente de los que entran en el consorcio con el Patrimonio Forestal del Estado y Diputación Provincial de Asturias para la repoblación forestal, a que se refiere el acuerdo de la Comisión Gestora de ocho de febrero último, desconociendo se haya entregado esta representación a ninguna otra entidad o particular. ——————————————————————————
———– Y para que conste, a petición de la Excma. Diputación Provincial de Asturias, extiendo la presente de orden y con el visto bueno de la Alcaldía en Salas a tres de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres.
Vº Bº
El Alcalde (firma del Secretario)
(firma)
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